quiebra fortuita - significado y definición. Qué es quiebra fortuita
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Qué (quién) es quiebra fortuita - definición

QUIEBRA
Convenio (quiebra); Convenio (Derecho concursal)

quiebra fortuita      
term. comp.
Comercio. La que es resultado de la adversidad en los negocios.
Convenio (derecho concursal)         
Un convenio en derecho concursal es un acuerdo adoptado, en cumplimiento con las solemnidades legales, entre el deudor o fallido en situación concursal (deudor declarado en quiebra o suspensión de pagos) por una parte, y todos sus acreedores por otra, cuyo objeto es evitar o alzar la quiebra, obligando al deudor o al fallido y a todos sus acreedores, salvo los casos exceptuados legalmente.
Procedimiento concursal         
TÉRMINO JURÍDICO, PARTE DE LA LEY CONCURSAL
Concuso de acreedores
El procedimiento concursal, bajo la supervisión del Juez y el nombramiento de una Administración concursal, busca lograr la solución integral para las obligaciones pendientes de pago de un deudor, ya sea mediante un convenio o mediante la liquidación forzada de sus activos, cuando se carece de liquidez o dinerario suficiente para afrontar tales obligaciones en un momento dado, aunque se tenga patrimonio que pueda ser realizado.

Wikipedia

Convenio (derecho concursal)

Un convenio en derecho concursal es un acuerdo adoptado, en cumplimiento con las solemnidades legales, entre el deudor o fallido en situación concursal (deudor declarado en quiebra o suspensión de pagos) por una parte, y todos sus acreedores por otra, cuyo objeto es evitar o alzar la quiebra, obligando al deudor o al fallido y a todos sus acreedores, salvo los casos exceptuados legalmente.[1]

¿Qué es quiebra fortuita? - significado y definición